Días después de la catástrofe que ha supuesto #FilomenaMadrid muchos se preguntan qué cubren y qué no los seguros privados respecto a los daños ocasionados en sus propiedades. Esta pregunta ronda a los más afectados que se plantean si serán o no indemnizados.
El Instituto Municipal de Consumo puede ayudarte a resolver tus dudas tanto si se refieren a daños en vivienda, en vehículos o de salud. En el caso de la vivienda, las personas que se encuentren ante esta situación, en primer lugar, tendrán que saber el tipo de póliza que tienen contratada con su aseguradora y si ésta cubre fenómenos atmosféricos. Lo más habitual es que, en los casos de daños por nieve o helada como ha sido este, los seguros privados se hagan cargo de los siniestros teniendo en cuenta los límites cuantitativos marcados en cada póliza.
Si hablamos de los vehículos, están protegidos si cuentan con cobertura de daños propios o a todo riesgo. En cuanto a lesiones por caídas o resbalones en la nieve, serán los seguros de salud los que se ocupen.
Hay que tener en cuenta que los seguros privados abordan los riesgos ordinarios. Pero en España existe un organismo público, el Consorcio de Compensación de Seguros (CSS), que complementa al sistema asegurador y es el encargado de la cobertura de los calificados como ‘riesgos extraordinarios’. Este organismo ya ha comunicado que no cubrirá los siniestros producidos directamente por la nieve debido a que las nevadas no se encuentran incluidas en su cobertura. Por el contrario, sí indemnizará “en los términos previstos en el contrato de seguro y en la legislación sobre el seguro de riesgos extraordinarios” en caso de inundación, embate de mar o tempestad de viento con rachas superiores a 120 km/hora. Por inundación se entiende el anegamiento del terreno producido por lluvias o deshielo.
Ahora bien, existe un problema si no se tiene seguro privado contratado, ya que el CSS solo se hará cargo si hay póliza contratada en vigor. En este caso, las personas no aseguradas tendrán que aguardar a las ayudas gubernamentales que se proporcionan cuando se produce una declaración de zona catastrófica. Ten en cuenta que la declaración de zona catastrófica no supone indemnizaciones sino ayudas directas de las que se pueden beneficiar tanto los particulares como las empresas afectadas, los ayuntamientos y las comunidades autónomas.
Problemas y retrasos con las compras online y cancelación de eventos
Los envíos de compras y pedidos online también se han visto afectados por la ola de frío que ha paralizado a media España produciendo retrasos en el transporte de mercancías.
Hay numerosos motivos que pueden provocar que tu compra online se retrase, algunos están justificados por causa de fuerza mayor como inevitablemente ha sucedido estos días. Aun así, las empresas tienen unas obligaciones legales con los consumidores que se hayan visto afectados. Por eso, es importante que se conozca la normativa de la Unión Europea en la que establece que si se realiza una compra por internet o se solicita un pedido a domicilio, el vendedor debe entregarlo en un plazo de 30 días naturales. En caso de no cumplirse este plazo de entrega, el consumidor podrá convenir un plazo adicional para la entrega del pedido. Si el comerciante no entregara los bienes en dicho plazo acordado, el consumidor tendrá derecho a que se le reembolsen todas las cantidades sin dilación.
El mundo del espectáculo y los eventos no han sido ajenos a los efectos de la borrasca y se han visto obligados a suspender numerosas citas programadas. En este caso, el consumidor tiene derecho al reembolso de la totalidad de los pagos, salvo cuando por fuerza mayor la suspensión haya ocurrido cuando ya ha tenido comienzo el evento. Además de la devolución del dinero, la empresa podrá ofrecer otras alternativas como el aplazamiento del evento. Sea como fuere, el usuario es el que decidirá qué opción prefiere.
Para reclamar la devolución de la entrada, el consumidor deberá ir al establecimiento o plataforma online donde la adquirió y requerir el reembolso de dinero. Si se diera algún problema se puede reclamar por escrito o acudir a la Oficina de Información al Consumidor del Ayuntamiento de Madrid solicitando cita previa o a través de este correo electrónico.
Cancelación de vuelos y transportes
La situación tan extraordinaria vivida en Madrid en los últimos días ha supuesto una importante alteración en el funcionamiento de los medios de transporte que obligó a la cancelación de numerosos viajes en avión, tren o autobús. Si ese ha sido tu caso, consulta en este enlace del Instituto de Consumo tus derechos como consumidor.