La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, a instancias del Área de Economía, Innovación y Hacienda, ha acordado hoy el lanzamiento de una nueva convocatoria de subvenciones en 2025, por valor de 2 millones de euros, en favor de las personas afiliadas al régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos. Unas ayudas que, por segundo año consecutivo, apoyan a un sector que representa el 8,6 % del total de afiliados a la Seguridad Social en la capital y alcanza ya los 206.079 afiliados, según ha informado este jueves la vicealcaldesa y portavoz municipal, Inma Sanz.
Consciente de la importancia de un colectivo que se ha incrementado en el último año en la capital un 1,7 % (3.539 personas más), alcanzando el 6,1 % del total de autónomos a escala nacional, y que contribuye de manera notable a la actividad económica y al empleo en la ciudad, el equipo de Gobierno municipal apoya el mantenimiento y sostenibilidad de la actividad económica de estos trabajadores, ayudando a compensar parte del esfuerzo económico y los riesgos que asumen.
Beneficiarios de las ayudas y cuantías desglosadas
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) que hayan realizado un relevo generacional como sucesores de otro autónomo o relevistas y/o que hayan creado empleo. El crédito destinado a estas subvenciones se distribuirá en 500.000 euros para la línea de relevo generacional y 1,5 millones de euros para la línea de creación de empleo.
El relevo generacional objeto de subvención es el traspaso en 2024 de un negocio abierto y desarrollado en un determinado local por una persona inscrita en el RETA que pase a la situación de jubilación o de incapacidad permanente, total o absoluta, o gran invalidez, a otra persona igualmente inscrita en el RETA, manteniendo y desarrollando el mismo negocio en el mismo local, con el correspondiente cambio de titularidad de la actividad. El local podrá ser a puerta de calle, interior o agrupado. En esta categoría, un relevo solo podrá dar lugar a un beneficiario de la ayuda. La subvención que se concede por esta línea asciende a 10.000 euros por beneficiario.
En cuanto a la creación neta de empleo, el solicitante ha de haber creado empleo neto en 2024 en comparación con 2023. El empleo creado debe incluir, al menos, un contrato indefinido en 2024 que deberá continuar vigente, al menos, en enero de 2025. La creación neta se comprobará mediante comparación de la plantilla media de 2024 con la de 2023. La subvención en esta línea es de un máximo de 5.000 euros cuando la diferencia entre plantillas medias sea de una unidad o superior. Como novedad en esta convocatoria, se podrá optar a ayuda si la diferencia entre plantillas es igual o superior a 0,5. En este caso, el importe de la subvención será el resultado de multiplicar dicha diferencia, con un decimal, por la cuantía máxima de la ayuda, que es de 5.000 euros.
Para la gestión de estas ayudas, el Ayuntamiento ha firmado un convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid (Cámara de Madrid), que ejercerá las funciones de entidad colaboradora en su tramitación y habilitará una página web para ese trámite.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales desde el día siguiente a la fecha de publicación de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid./