El Ayuntamiento de Madrid ha acordado en la Junta de Gobierno de hoy jueves, 19 de julio, modificar los acuerdos de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible y de los Distritos para impulsar el proceso de descentralización municipal que ha iniciado el consistorio, trasladando así mayores competencias a las Juntas Municipales.
Esta nueva modificación competencial sigue a la realizada el pasado mes de marzo, cuando se traspasaron competencias sobre 270 zonas verdes a los Distritos, correspondientes a la apertura y cierre de parques; la creación de áreas infantiles, zonas de mayores, circuitos deportivos elementales y otros equipamientos tales como áreas caninas y zonas de ejercicio al aire libre; y a la remodelación y mejora de zonas verdes de los distritos.
La modificación de hoy se produce en el marco del proceso de descentralización municipal, con el objetivo de mejorar la agilidad y la eficiencia en la prestación de los servicios municipales, fortalecer el gobierno de proximidad y avanzar en la cohesión y el reequilibrio territorial.
Nuevas competencias para los distritos
Con el traspaso aprobado hoy, el Ayuntamiento de Madrid continúa mejorando la gestión municipal al incrementar las capacidades de las Juntas Municipales de Distrito para dar respuesta a la ciudadanía desde la proximidad, lo que mejora la eficacia y agiliza la acción municipal. Con las nuevas competencias anunciadas hoy, las Juntas asumen además mayor control del estado de conservación de los pavimentos de vías y espacios públicos en cada Distrito.
Las nuevas competencias que asumen los Distritos, son:
- Redacción, planificación y ejecución de los proyectos de renovación y acondicionamiento de pavimentos (asfaltar y hacer tramos de calles, plazas y aceras, y clausura de alcorques, eliminar barreras arquitectónicas, reposición y/o colocación de bolardos y barandillas) de las vías y espacios públicos de la red local distrital.
La red local distrital incluye más del 50% de la superficie del viario de Madrid, si bien excluye la red estructurante que se considera de “ámbito ciudad”. Concretamente quedan excluidos:
- La red básica de transportes por la que transcurren las líneas de autobuses urbanos.
- Las vías que sean límite de distrito.
- Las vías o espacios públicos singulares, especialmente en el distrito Centro, por su relevancia patrimonial e histórica o por las características de su urbanización (utilización de materiales no habituales, mobiliario no homologado, etc.).
- El Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, mantiene las competencias de conservación y mantenimiento de los pavimentos, aunque se faculta a las Juntas Municipales de Distrito para realizar propuestas de prioridades y de seguimiento relativos al mantenimiento y conservación de todas las vías y espacios públicos de su ámbito territorial.
- Por último se faculta a las juntas municipales a participar en la definición de las actuaciones de inversión para la adecuación y reformas que realice el Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, en desarrollo de sus competencias, en las vías y espacios públicos del Distrito.
Una Comisión de Coordinación, en la que participarán el Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, la de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social y los diferentes distritos, será la encargada de articular la colaboración para el desarrollo de los proyectos de adecuación y reforma de las vías públicas así como el mantenimiento y conservación del viario público. /