Cuando el nuevo equipo de Economía y Hacienda llegamos al Ayuntamiento de Madrid, entre las muchas cosas que necesitábamos cambiar se encontraba una norma interna que, en materia de contratación, daba un importante valor en la adjudicación de los contratos a aquellas empresas que ofertaran el precio más bajo. Una de las primeras cosas que hemos hecho poco después de cumplirse los 100 días de gobierno ha sido acabar con esta prioridad en la adjudicación de los contratos: no nos quedaremos con la oferta más barata si no va acompañada de otros valores y necesidades que tengan los destinatarios del servicio y la sociedad en general.
Uno de los objetivos del Área de Economía y Hacienda a la hora de realizar compras, obras o prestar servicios por el Ayuntamiento de Madrid es que se prime la calidad de estos instrumentos a la hora de satisfacer las necesidades de los ciudadanos y ciudadanas. Pero no sólo eso, sino que tratamos de premiar y fomentar la contratación de quienes promueven condiciones que favorezcan el progreso social intentando que las explotaciones de bienes y servicios no se adjudiquen a quiénes no cumplen normas básicas sociales. Para conseguir este objetivo, desde nuestro equipo hemos iniciado la senda para poner en valor en el proceso de contratación de obras, suministros y servicios del Ayuntamiento de Madrid otras condiciones junto con el precio de los contratos: la calidad de las condiciones de empleo, la inserción socio-laboral y la diversidad funcional, políticas de género, medioambientales y de comercio justo.
El camino no es fácil y no ha hecho más que comenzar con la modificación del Decreto que el anterior equipo de gobierno aprobó en el año 2012, que otorgaba 65 puntos sobre 100 a la oferta más barata. A partir de ahora, se elimina la obligatoriedad de aplicar esa puntuación al precio más bajo. Y, para conseguir objetividad en las contrataciones, hemos aumentado hasta un 75% la puntuación de los contratos en base a criterios cuantificables a partir de fórmulas. Es decir, restamos espacio a la subjetividad y eliminamos la obligatoriedad de que el criterio determinante sea el del precio más bajo. Es un cambio pequeño en la letra pero grande en la concepción de una nueva forma de comprender las relaciones contractuales del Ayuntamiento.
Aquí se pueden consultar ambos textos:
- Acuerdo de 26 de abril de 2012 en relación con las medidas de contención del gasto en el ámbito de la contratación municipal
- Decreto del 23 de septiembre de 2015 por el que se modifica la instrucción 3/2012
Comienza así un trabajo del Área de Economía y Hacienda, coordinado con todas las áreas de gobierno y distritos municipales, que se traducirá en unas directrices que sirvan de guía práctica para que, en todas las fases del procedimiento de contratación, se tengan en cuenta criterios sociales y medioambientales que promuevan el cumplimiento de los fines y valores que este Gobierno considera prioritarios: la cohesión social, redistribución de la riqueza, igualdad y justicia.
Un pequeño paso en la letra pero un gran paso en la música.