La campaña de pago voluntario del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) comienza el próximo 1 de octubre y se prolonga hasta el 30 de noviembre. Con este post abrimos boca y os explicamos en qué consiste el IBI y cómo va a afectar a nuestros bolsillos en 2016.

El temido IBI, lo que nuestros mayores han llamado toda la vida “la contribución”, es el principal tributo municipal y todos los que tenemos un inmueble (ya sea una vivienda, un garaje, un local…) debemos abonarlo anualmente por el hecho de ser propietarios del mismo. Hay algunas exenciones a esta obligatoriedad: por ejemplo, los bienes inmuebles propiedad del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales directamente relacionados con la seguridad ciudadana o con los servicios educativos (comisarías, cárceles o colegios); los del Estado dedicados a la defensa nacional; los de Cruz Roja; los de gobiernos extranjeros destinados a su representación diplomática; los de la Iglesia Católica y las asociaciones confesionales no católicas legalmente reconocidas (la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas, la Federación de Comunidades Israelitas y la Comisión Islámica)…

La cuota del IBI se calcula partiendo del valor catastral de la vivienda, al que se aplica el canon fijado por cada ayuntamiento dentro de unos márgenes. El catastro es el registro administrativo que clasifica todos los bienes inmuebles y depende del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Y el valor catastral equivale al valor del suelo más el de construcción de la vivienda. Los ciudadanos podemos conocer lo que ‘vale’ nuestra casa consultando el catastro o a través del recibo del IBI que nos llega a casa.

El Ayuntamiento de Madrid se propone emprender en 2016 una bajada significativa del IBI del 7% para todas las viviendas de uso residencial, que suman cerca de un millón y medio en la capital. El descenso será igual para los dueños del 95% de los inmuebles de uso no residencial (comercios, almacenes, oficinas), mientras que el 5% restante, propiedades de muy alto valor catastral verán incrementado su recibo un 10%. Nos referimos en concreto a los siguientes: los edificios singulares, que superan el valor de 35 millones de euros (unos 30 en Madrid); los comercios que tienen un valor catastral por encima de los 860.000 euros (alrededor de 3.000 sobre más de 97.000); los inmuebles deportivos de más de 20 millones de euros (unos 30) y a las oficinas de más de dos millones de euros (1.760 sobre casi 32.000).

Desde el Área de Economía y Hacienda estamos diseñando en estos momentos los presupuestos para el próximo año. Nuestra apuesta pasa por desplazar parte de la carga fiscal hacia aquellos que más tienen y por racionalizar y redistribuir los recursos para ser más eficaces en el servicio a la ciudadanía. Se propone una bonificación del 95% a favor de los centros públicos de investigación y un aumento en el descuento por la instalación de sistemas de aprovechamiento de la energía solar, que pasará del 25 al 40%. Además, se prevé una reducción de los tramos de bonificación para las familias numerosas, de tal forma que tengan derecho a la misma los sujetos pasivos cuya vivienda tenga valores catastrales más bajos. Estamos estudiando a conciencia todos estos cambios para hacer un Madrid fiscalmente más justo.