La Junta de Gobierno ha aprobado someter a consulta pública previa la modificación de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos. Unos cambios que, según ha explicado la portavoz municipal, Inmaculada Sanz, aportarán una mayor claridad y seguridad jurídica de acuerdo con los objetivos de simplificación y mejora de la calidad regulatoria recogidos en el Informe de Revisión de las Ordenanzas y Reglamentos del Ayuntamiento de Madrid.

La modificación de la ordenanza persigue cumplir con las recomendaciones de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal en materia de subvenciones públicas, así como de otros órganos de control de cuentas sobre la necesidad de mejorar la planificación y la programación de las subvenciones y de favorecer la concurrencia, limitando la utilización de los procedimientos de concesión directa de las ayudas.
Así, en primer lugar, se reconfigura el sistema actual de planificación estratégica de las subvenciones del Ayuntamiento de Madrid, que se agruparán en un único Plan Estratégico de Subvenciones alineado con las políticas públicas municipales y su presupuesto, dotado con mejores instrumentos de seguimiento y evaluación.
Actualmente, existen tantos planes como áreas de gobierno, además de un plan para todos los distritos, lo que dificulta su coordinación y la evaluación de los impactos de la actividad subvencional global del Ayuntamiento de Madrid.
En segundo lugar, se recupera el control previo de la Junta de Gobierno para la autorización de las subvenciones de concesión directa por razones excepcionales. Con ello, se volverá a ejercer la competencia que ostentaba la Junta de Gobierno hasta la reforma de la Ordenanza en 2017 para evaluar las circunstancias excepcionales que justifican la concesión de ayudas sin concurrencia entre los potenciales beneficiarios.
Nuevos objetivos de la ordenanza
Además, con la modificación de la ordenanza se da cumplimiento a la proposición aprobada por el Pleno en su sesión de 20 de diciembre de 2019 para limitar la posibilidad de subcontratar las actividades subvencionadas, que en la norma vigente puede alcanzar hasta el 100 %. Con esta modificación, en el caso de que no lo determine la respectiva convocatoria o el acuerdo de concesión, los beneficiarios de las ayudas únicamente podrán subcontratar hasta un máximo del 50 % del importe de la actividad subvencionada.
El nuevo texto también pretende mejorar la gestión de subvenciones, incorporando determinados aspectos hasta ahora no contemplados expresamente como son la posibilidad de la justificación electrónica de las subvenciones o de convocar subvenciones de carácter plurianual.
Consulta pública previa
Antes de iniciar formalmente la tramitación normativa del proyecto de modificación, resulta legalmente exigible someter la modificación a consulta pública previa con el objeto de recabar la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente puedan verse afectadas.
Por tal motivo, la Junta de Gobierno ha acordado someter a este trámite de consulta pública previa la modificación parcial de la ordenanza por un período de 15 días naturales a través del portal web https://decide.madrid.es/, donde se incluyen los detalles de la modificación y se dirigen preguntas concretas a los ciudadanos para facilitar la consulta. /

