El Ayuntamiento de Madrid prepara una nueva licitación de los pliegos de suministro de energía, en los que se apostará de nuevo de manera firme por las cláusulas ambientales y sociales. El etiquetado de energía, que valora a las comercializadoras por su nivel de emisiones de CO2, volverá a incluirse en el pliego, esta vez en otro apartado, el de las especificaciones técnicas.

El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid ha estimado el recurso presentado por Gas Natural, indicando que “no caben como criterios de adjudicación los aspectos relativos a la capacidad técnica, económica o profesional de los licitadores, especialmente los referidos a las características de la empresa”.

No obstante, en la misma sentencia el Tribunal puntualiza que no existe duplicidad injustificada de requisitos ambientales (garantía de origen y etiqueta energética), que no existe discriminación y que tampoco se incluyen “cláusulas diabólicas” aducidas por la empresa eléctrica.

De este modo queda abierta la posibilidad de respetar escrupulosamente la decisión del Tribunal, retirando el etiquetado de la energía de los criterios de adjudicación (aquellos que puntúan cada oferta para determinar cuál es la ganadora), e incluyéndolos en otro apartado de los pliegos, el de las especificaciones técnicas (que son las que establecen en un pliego las características técnicas mínimas de un producto o servicio).

El delegado de Economía y Hacienda, Carlos Sánchez Mato, (Área de la que depende la contratación del Ayuntamiento) ha subrayado que desde el Gobierno municipal  “nos mantenemos firmes en nuestro compromiso con la energía limpia, en base a un criterio tan objetivo como los datos de la comisión de valores. Tenemos una responsabilidad frente a la contaminación y el cambio climático y además, como gran ayuntamiento, sabemos que nuestros pliegos serán determinantes para la contratación pública de otros muchos consistorios y administraciones públicas».

El contrato de suministro de energía recurrido por Gas Natural exigía energía de origen 100 % renovable y puntuaba la certificación energética A de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) con cinco puntos sobre 100.

Cada año se publica un listado de todas las comercializadoras con una etiqueta A, B, C, D, E, F o G en función de las emisiones de CO2 y residuos radioactivos que produce la energía que vende cada una de ellas, lo que viene a equivaler a la cantidad de energía no renovable que compran. La etiqueta A supone que las emisiones de CO2 son muy bajas o incluso nulas, lo que en la mayoría de los casos equivale a energía 100 % renovable, mientras que la categoría G es la más contaminante.

Algunos grandes consumidores como la Oficina del Defensor del Pueblo o la Junta de Castilla y León ya han introducido también la etiqueta energética como criterio en sus contratos de energía.

La mejor energía, la más limpia y respetuosa

El Ayuntamiento de Madrid tiene previsto adoptar cuantas medidas legales estime pertinente para defender su derecho a exigir la mejor energía posible en su contrato de suministro, dado que entiende que si no existe duplicidad de criterios ambientales ni existe discriminación, sí se podría valorar el etiquetado de la electricidad como criterio de valoración.

Por tanto, la administración municipal estudiará esas medidas al tiempo que se prepara el nuevo pliego, en el que una vez más se incluirá el etiquetado de la energía.

La contratación de una energía más limpia y lo más respetuosa con el medio ambiente constituye, además, un compromiso del Ayuntamiento de Madrid, tal y como ha quedado recogido en el Plan A de Calidad del Aire y Cambio Climático de la Ciudad de Madrid aprobado definitivamente el pasado 21 de septiembre.

La ciudad de Madrid ha sido apercibida por la Comisión Europea desde el año 2010 por los niveles de contaminación del aire, habiéndose abierto expediente sancionador por este motivo, lo que lleva al Ayuntamiento de Madrid a ser lo más exigente posible en todas aquellas cuestiones que impacten sobre la calidad del aire y la salud de sus vecinas y vecinos.

Gas Natural

Cabe aclarar que el recurso planteado por Gas Natural solicitaba que se dejara sin efecto un criterio de valoración que concedía hasta 5 puntos sobre 100 a las comercializadoras que venden electricidad libre de emisiones de CO2 en función de una etiqueta que otorga cada año la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Este sistema se basa en siete categorías (de la A a la G) y el Ayuntamiento de Madrid premiaba a las que en 2016 estuvieron por encima de la media española, que es la etiqueta energética D.

La empresa recurrente, Gas Natural Comercializadora, obtuvo en 2016 una etiqueta E, es decir hasta un 35 % más contaminante que la media nacional, ya que su energía provenía de energía nuclear en un 25,3 %, de ciclos de gas y cogeneración en un 23,8 % y de carbón en un 16,9 %.

En base a dicho nivel de emisiones en el contrato recurrido, no habría obtenido ninguna puntuación por el criterio de adjudicación de etiquetado energético más respetuoso con el medio ambiente.

Según el Observatorio de Sostenibilidad, el grupo Gas Natural Fenosa obtuvo la tercera posición en el ranking de empresas más contaminantes del país, ya que el 70 % de sus centrales de generación son emisoras de CO2 (7 GW de potencia en centrales de gas y 2,1 GW en térmicas de carbón). /