El Pleno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado hoy la modificación del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Contratos. Se incorpora la obligatoriedad de inscribir los contratos menores en ese registro y se amplía el ámbito de actuación de la Comisión de Vigilancia de la Contratación. Con la modificación, aprobada por todos los grupos, se refuerza la transparencia y se da cumplimiento a un acuerdo de Pleno.
El Área de Gobierno de Economía y Hacienda propuso esta modificación, a la que se han incorporado enmiendas presentadas por los grupos. Se mejora la gestión del Registro de Contratos y en la información disponible en el mismo en relación con la actividad contractual de todo el Ayuntamiento de Madrid, sus organismos autónomos y del sector público municipal.
Se incorpora la obligatoriedad de la inscripción de los contratos menores en el Registro de Contratos del Ayuntamiento de Madrid, cuya inscripción se encontraba excluida según el artículo 4 del citado Reglamento.
Se amplía además el ámbito de actuación de la Comisión Permanente Especial de Vigilancia de la Contratación, órgano al que corresponde garantizar la aplicación efectiva de los principios de publicidad, libre concurrencia, objetividad, transparencia y eficacia en la contratación pública.
Hasta ahora un contrato menor podía abordarse en la comisión ordinaria responsable del contrato en cuestión, a partir de ahora también podrá tratarse en la comisión especial de vigilancia de la contratación.
La modificación aplica además la Ordenanza de Transparencia del Ayuntamiento de Madrid. Esta ordenanza entró en vigor en agosto, ampliando las obligaciones de publicidad activa que contempla la Ley de Transparencia estatal y situándose como referente a nivel estatal en cuanto a datos públicos disponibles, también en lo que se refiere a contratos.
El actual régimen de funcionamiento del Registro de Contratos del Ayuntamiento de Madrid se encontraba definido en el Reglamento de 24 de abril de 2013. Desde entonces no se había producido ninguna modificación significativa que ampliase el tipo de contratos a los que podían acceder los grupos políticos municipales.
Las enmiendas de los grupos municipales aprobadas han enriquecido y mejorado el texto inicial en cuestiones técnicas. Con su modificación se da cumplimiento al acuerdo plenario del 24 de febrero de 2016, mejorando la gestión del propio Registro, así como la información disponible sobre la actividad contractual de todo el Ayuntamiento de Madrid, sus organismos autónomos y del sector público municipal.
El Registro de Contratos del Ayuntamiento de Madrid es un registro de datos y no de documentos, que se soportan desde hace más de 12 años en una aplicación informática que será objeto de una profunda renovación, ya que no contempla las modificaciones aprobadas. Se ha fijado un plazo de cuatro meses para dicha adaptación por parte del IAM (Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid), es decir, para que la aplicación informática soporte dichas novedades y pueda darse cumplimiento al mandato del Pleno. /