La Junta de Gobierno ha aprobado este jueves un plan especial que permitirá la implantación de cualquier clase de hospedajes, incluidos apartahoteles, flex living, pensiones o casas de hospedaje, en ámbitos industriales en los que, actualmente, no es posible. El Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad ha impulsado esta iniciativa, que supone la modificación del régimen de compatibilidad del uso terciario hospedaje en los ámbitos regulados por la Norma Zonal 9 grado 3º de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997. Se elimina así la restricción vigente que solo permite implantar el uso terciario de hospedaje en su modalidad de hotel.

Foto de archivo de visitantes de la capital
Foto de archivo de visitantes de la capital

La medida venía siendo demandada por el sector, con el objetivo de incrementar la oferta de hospedaje de corta y media estancia en estas zonas de la capital, sobre todo teniendo en cuenta las restricciones establecidas en el centro de la ciudad y la descentralización del uso terciario de hospedaje que impulsa el Plan RESIDE, aprobado el pasado año. Este nuevo plan especial da continuidad a la estrategia de descentralizar el uso de hospedaje y se alinea con los objetivos del Plan Estratégico de Turismo de la Ciudad de Madrid 2024-2027. El Ayuntamiento reafirma así el modelo de turismo sostenible que defiende y que permite redistribuir el flujo de visitantes y el impacto económico positivo hacia los distritos exteriores, promoviendo el desarrollo del comercio local y la revitalización de estos entornos urbanos.

El plan especial afecta a más de 240 parcelas ubicadas en 16 ámbitos de ocho distritos. En concreto, se trata de terrenos de Arganzuela, Chamartín, Fuencarral-El Pardo, Usera, Ciudad Lineal, Hortaleza, San Blas-Canillejas y Barajas. Tras un estudio, se han seleccionado de más de 3.000 parcelas en ámbitos industriales o calificadas de uso industrial. El análisis ha permitido al Consistorio concluir que los ámbitos regulados por el grado 3º de la Norma Zonal 9 y las parcelas de uso cualificado industrial, incluidas en ámbitos de uso global no industrial (zonas residenciales o terciarias), pueden admitir todas las categorías del uso de hospedaje, dado el proceso de terciarización que han experimentado estos ámbitos, con la consecuente pérdida de su carácter industrial.

Son parcelas, por ejemplo, como algunas de las ubicadas en el polígono industrial de la carretera de Burgos (Fuencarral-El Pardo), en el barrio del Aeropuerto (Barajas), en la calle de Josefa Valcárcel (San Blas-Canillejas), en la calle Costa Rica con M-30 (Chamartín) o en la avenida de Andalucía (Usera).

Los motivos del cambio de normativa

Actualmente, el uso terciario para hospedaje cuenta con limitaciones en los suelos industriales y solo es posible implantar un hotel en ellos. Las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana del 97, a través de su modificación en 2007, excluyeron cualquier otra opción para así frenar el fenómeno de residencias encubiertas, sobre todo tipo lofts, en estos ámbitos, ya que se había detectado su autorización como apartamentos turísticos y su posterior comercialización fraudulenta como viviendas.

Con el cambio impulsado ahora, el Consistorio establece que, mientras los grados 4º y 5º de la Norma Zonal 9 (actividades económicas) y los ámbitos de planeamiento de uso cualificado industrial de normativa particular se caracterizan por su clara vocación industrial, los ámbitos regulados por el grado 3º con uso cualificado mixto -industrial en coexistencia con el terciario oficinas- han mostrado un claro proceso de terciarización, perdiendo su carácter industrial. Esta circunstancia posibilita suprimir en estas parcelas las cautelas y limitaciones que fija la normativa.

El Ayuntamiento podrá estudiar, caso por caso, otros ámbitos industriales regulados por los grados 4º y 5º de la Norma Zonal 9 (que se corresponden con polígonos industriales tradicionales) que, por sus características de terciarización asimilables a las que concurren en la Norma Zonal 9 grado 3º, se considere que también podrían albergar todas las modalidades de hospedaje que ahora se van a permitir con carácter general en la Norma 9.3.

El objeto del plan especial se circunscribirá a las funciones que establece el artículo 50 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. /