Madrid, Barcelona, Zaragoza, Valencia, A Coruña, Cádiz, Santiago, Valladolid y Terrasa celebran los cambios introducidos en la disposición 27 de los Presupuestos Generales del Estado. Las modificaciones ofrecen un leve respiro a la autonomía local al reducir algunos obstáculos a las remunicipalizaciones que contenía el texto original. Sin embargo, estos municipios, cuyos alcaldes acudieron a las Cortes para protestar contra esta maniobra, han advertido que los cambios logrados no son suficientes.
En su redacción original, la disposición que motivó la protesta municipal, la 27 de los Presupuestos Generales del Estado, pretendía limitar la incorporación de personal al sector público y suponía un ataque directo a los procesos de recuperación de los servicios públicos por parte de los municipios. En el último momento del trámite parlamentario se aprobó una enmienda transaccional al texto.
La modificación, aprobada en el Senado, ofrece un leve respiro a la autonomía municipal al reducir algunos obstáculos a las remunicipalizaciones que contenía el texto original. Tras la aprobación de la enmienda los ayuntamientos podrán incorporar personal mediante procesos de reinternalización de forma que no compute a efectos de la tasa de reposición, algo que no contemplaba la redacción inicial.
Reivindicación de los ayuntamientos
Desde los ayuntamientos, donde se aprobaron mociones en contra de esa disposición y se organizaron reuniones en el Congreso de los Diputados, se celebra que las reclamaciones municipalistas hayan tenido efecto. Al mismo tiempo, sin embargo, se reclama mayor respeto a sus competencias y claridad en la redacción de medidas que les afectan.
Redacción confusa y contradictoria
La redacción resultante de la disposición es compleja y confusa, dando pie a varias interpretaciones posibles. Puede deberse a que la regulación que aborda la disposición coloca en contradicción normativas como la Ley de Bases de Régimen Local, el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleado Público o la Ley de Contratos del Sector Público (actualmente en trámite de aprobación parlamentaria). De hecho, podría considerarse anticonstitucional en tanto en cuanto el contenido que aborda esta disposición podría extralimitarse de la Ley de Presupuestos.
Dependiendo de qué interpretación se realice, las remunicipalizaciones podrían ser posibles o no en función de si la corporación local en cuestión tuviese Sociedades Mercantiles con las cuales integrar el personal del servicio público reinternalizado, o podrían impedir incorporar a los trabajadores como empleado público, con el acervo de derechos y obligaciones que establece la ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por lo que la incorporación tendría que ser en una condición laboral distinta.
En cualquier caso, cualquiera de las interpretaciones que se haga dibuja una situación más favorable para los procesos de remunicipalización que la que se derivaba de la redacción inicial./