El nuevo pliego del Plan 18.000, recogido vía decreto por el delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, entra en vigor esta semana tras publicarse en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Con el nuevo documento, los superficiarios interesados podrán adquirir el suelo que les corresponda, propiedad del Ayuntamiento de Madrid, a precio asequible, según los precios máximos de venta de vivienda protegida establecidos en la legislación regional. Esta nueva redacción les permitirá obtener el suelo por un valor hasta un 90 % inferior al que se fijaba en el pliego de enero de 2023.
Entre 1984 y 1997, el Ayuntamiento de Madrid puso en el mercado numerosas parcelas del Patrimonio Municipal del Suelo (PMS) destinadas a la construcción de viviendas de protección oficial en régimen de cooperativa mediante la constitución de los derechos de superficie, es decir, los adjudicatarios (superficiarios) podían tener sus viviendas sobre suelo cedido gratuitamente, una acción que les permitía ahorrar una cuantía importante. Con esta iniciativa se pretendía fomentar la promoción social de viviendas para solucionar la gran demanda que existía en aquella época y permitía a los adjudicatarios tener una vivienda a precio reducido; sin embargo, los superficiarios no eran dueños de toda la propiedad.
A lo largo de los años, muchos superficiarios solicitaron la compra de la cuota de suelo que les correspondía de las viviendas. Desde 1992, el Ayuntamiento ofreció la posibilidad de adquirirlas a través de diferentes pliegos que se han ido sucediendo y, durante este tiempo, cerca de 2.500 vecinos han ido comprando su parte de terreno.
El 26 de enero de 2023, se aprobó un pliego cuyos precios ofertados por el Ayuntamiento eran los correspondientes a suelo libre, lo que multiplicaba hasta por cinco el precio del pliego anterior. Los afectados se opusieron y el Ayuntamiento desistió del proceso de venta con el compromiso de redactar uno nuevo.
Con el nuevo documento, el precio del suelo se llega a reducir hasta un 90 %. Por ejemplo, si en enero del año pasado un superficiario podía adquirir la cuota de suelo de su vivienda en Hortaleza por 150.527 euros, ese mismo terreno con el nuevo contrato podría ser comprado al Ayuntamiento de Madrid por 17.295 euros. O en Moratalaz, una cuota de suelo que hace un año se fijaba en 140.352 euros, hoy se habría rebajado a 22.709 euros.
Régimen protegido durante 30 años
Todas las viviendas del Plan 18.000 están sometidas al régimen legal de protección oficial durante 30 años, de acuerdo con lo establecido en los documentos de calificación definitiva emitidos por la Comunidad de Madrid en su día, tal y como recoge el Real Decreto Ley 31/1978 de 31 de octubre, sobre Política de Viviendas de Protección Oficial. Pasado este plazo pasan a tener un régimen de uso de vivienda libre.
El nuevo pliego del Plan 18.000 pretende proteger el suelo municipal, dando cumplimiento a las finalidades públicas y sociales previstas en la regulación del PMS. Por esta razón, establece dos vías para que los superficiarios interesados, incluyendo aquellos cuyas viviendas ya estén descalificadas (hayan cumplido los 30 años de protección amparados por la ley) o vayan a estarlo, puedan comprar su cuota de suelo correspondiente.
Por un lado, el precio del suelo se fijará en base a los precios máximos de venta establecidos en la legislación en materia de vivienda de protección pública de la Comunidad de Madrid. Aceptar este tipo de venta lleva aparejada la obligación de no poder transmitir la vivienda y sus anejos a precio superior por un plazo de 15 años desde su adquisición.
La segunda vía, dirigida a quienes quieran desprenderse de su vivienda, supone comprar la cuota de suelo a precio de mercado. Con esta opción podrían transmitir la propiedad a precio, igualmente, de mercado en cualquier momento posterior. Si no aceptan ninguna de estas dos fórmulas, los superficiarios del Plan 18.000 no tendrán que realizar actuación alguna. Pueden continuar con sus viviendas por un plazo de 75 años. Expirado el mismo desde la adquisición de la casa, las viviendas revertirían al Ayuntamiento de Madrid. /