La reciente sentencia judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que anulaba el Plan Especial para la parcela del Canal de Isabel II sobre el Tercer Depósito en Islas Filipinas, aprobado en 2013 por la Comunidad de Madrid con objeto de legalizar el conjunto de usos e instalaciones allí construidos, obligaba a demoler las instalaciones de prácticas de golf y restaurante actualmente existentes. Tanto Canal como Comunidad de Madrid se han comprometido con el cumplimiento escrupuloso de la sentencia y su total acatamiento, lo que supondrá poner fin a diez años de lucha vecinal, liderada por la asociación Parque Sí en Chamberí, con el apoyo de las AA.VV. el Organillo y Corazón Verde, en demanda de más zonas verdes y de deporte de base en esta parcela.

De esta manera, finalmente los espacios actualmente ocupados por las instalaciones de golf y el restaurante, casi 50.000 m2, serán reconvertidos en zonas ajardinadas, pistas deportivas y áreas estanciales, atendiendo al proceso participativo impulsado por las asociaciones. El Ayuntamiento de Madrid ha manifestado su compromiso de continuar manteniendo una total colaboración con vecinos, asociaciones, Canal de Isabel II y Comunidad de Madrid, para impulsar conjuntamente este proceso.

Una colaboración que ya está en marcha y que ayer dio sus primeros frutos, ya que ha permitido la regularización urbanística de los espacios libres y las zonas deportivas de carácter básico (fútbol, pádel y pista de carrera a pie) del popularmente conocido como «parque de Santander»: el Ayuntamiento de Madrid emitió ayer el informe favorable declarando la viabilidad urbanística del proyecto técnico presentado por Canal de Isabel II para estas instalaciones. Con este informe concluye la tramitación del procedimiento iniciado por la Comunidad de Madrid, conforme al artículo 161 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, produciendo los efectos propios de la licencia municipal.

La regularización de las citadas instalaciones llega solamente diez años después de su inauguración, debido al prolongado litigio mantenido por las asociaciones vecinales de Chamberí con el Canal de Isabel II y la Comunidad de Madrid por la construcción del campo de prácticas de golf en la parcela. Mantener su funcionamiento ininterrumpido ha sido no solo una demanda de las asociaciones vecinales y administraciones implicadas, sino que su gran aceptación pública les confiere una dimensión social indudable en un distrito como Chamberí, históricamente infradotado en espacios verdes y zonas deportivas.

Hay que tener en cuenta que, si bien la sentencia judicial contemplando la desaparición de los usos de prácticas de golf y restaurante, el resto de los usos y actividades, correspondientes a los espacios libres de la dotación y a las zonas deportivas básicas, es decir, aquellas destinadas a la práctica de fútbol, pádel o carrera a pie, quedaron amparadas por su compatibilidad con el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), que, tras la anulación derivada de la sentencia judicial, volvía a ser el marco urbanístico aplicable en la parcela.

Esto habría permitido regularizar su situación mediante la correspondiente licencia urbanística. Ahora bien, los plazos otorgados por el Tribunal Superior de Justicia para el cumplimiento de la sentencia, sumados a los impuestos por el cese de actividad por liquidación concursal de la empresa concesionaria de la actividad, resultaban difícilmente armonizables con los tiempos necesarios para la tramitación de dicha licencia.

En estas condiciones, el mantenimiento de las actividades correspondientes a las escuelas de fútbol y pádel, una vez se produjera el cierre de las mismas (anunciado por el administrador concursal de la empresa para el día de hoy, 16 de febrero), imponía a Canal de Isabel II y Comunidad de Madrid la necesidad urgente de acreditar previamente la regularización de estos usos y actividades compatibles con el PGOU de Madrid, en su voluntad del cumplimiento escrupuloso y total acatamiento de la sentencia.

La urgencia por garantizar la continuidad de uso ininterrumpida de un espacio utilizado diariamente por miles de personas, motivó que Canal de Isabel II, tras la reunión conjunta mantenida con la Junta Municipal de Distrito de Chamberí y representantes de las asociaciones vecinales del distrito el pasado 30 de enero, iniciara las gestiones para legalizar las zonas deportivas básicas y espacios libres sobre el Tercer Depósito, en colaboración directa con el Área de Desarrollo Urbano Sostenible. El procedimiento seguido ha sido el previsto en el artículo 161 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, para proyectos promovidos por las Administraciones Públicas urgentes o de excepcional interés público, motivado en este caso por la situación urbanística del distrito de Chamberí, históricamente infradotado en espacios verdes y zonas deportivas.

Por orden del Consejero de Presidencia de la Comunidad de Madrid, se declaró el 9 de febrero la urgencia e interés general de este proyecto, que sería presentado un día más tarde en el Ayuntamiento. Ese mismo día fue analizado por la Comisión para la Protección del Patrimonio Histórico Artístico y Natural obteniendo dictamen favorable y, tras su estudio por el Área de Desarrollo Urbano Sostenible, recibió ayer la declaración municipal definitiva de viabilidad urbanística, una vez verificada su conformidad con la ordenación urbanística de aplicación.