• Participa en el proceso de definir cómo será el registro de lobbies del Ayuntamiento de Madrid.
  • Ya está publicado el borrador del acuerdo para poner en marcha esta herramienta, envía tus comentarios hasta el domingo 4 de junio.

El Ayuntamiento de Madrid va a contar próximamente con un registro obligatorio de lobbies. Es decir, las persones o entidades que quieren influir de forma directa o en representación de terceros en la normativa, en las políticas públicas municipales y/o en la toma de decisiones del Ayuntamiento de Madrid, tendrán que inscribirse previamente en un registro obligatorio que será público.

La creación de esta herramienta está contemplada en la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid, aprobada en julio de 2016. Ahora se ha publicado el borrador del acuerdo para poner en marcha el registro de lobbies con el objetivo de que la ciudadanía pueda aportar sus comentarios hasta el domingo 4 de junio.

Así, cualquier persona puede enviar sus comentarios incorporándolos directamente en el borrador publicado en la web de Decide Madrid o enviando un correo a sgtransparencia@madrid.es.

Qué contiene el acuerdo de registro de lobbies

En el borrador, la ciudadanía puede realizar aportaciones en todos y cada uno de los diez puntos del acuerdo:

  1. Concepto: qué personas o entidades deberían inscribirse en el registro de lobbies.
  2. Ejercicio de la actividad de lobby: qué se considera actividad de lobby.
  3. Forma y momento de la inscripción: cómo se tendrán que dar de alta y de baja las personas o entidades y la obligación de que los responsables municipales verifiquen la inscripción previa.
  4. Contenido mínimo del registro: datos que contendrá la inscripción.
  5. Documentación suministrada por el lobby: información que se publicará de las reuniones.
  6. Código de Conducta: contempla que los responsables municipales no reciban regalos.
  7. Incentivos: se plantea que los inscritos puedan recibir contenidos relacionados con las materias que les interesen «con el fin de facilitar su participación».
  8. Control: son medidas para controlar que se cumplen los requisitos del registro de lobbies. También que exista una Comisión de Seguimiento que vele para que no haya reuniones con personas o colectivos no inscritos.
  9. Publicidad: cómo se proveerá a la ciudadanía la información del registro.
  10. Integración de registros: sobre la integración de este registro municipal con otros similares.