El 17 de noviembre de 2020 se cumple una década de la inscripción de la Casa de Campo de Madrid, en el Registro de BIENES DE INTERÉS CULTURAL de la Comunidad de Madrid, dentro de la categoría de SITIO HISTÓRICO

 

A lo largo de su existencia, numerosos han sido los acontecimientos que han tenido el espacio de la Casa de Campo como protagonista. Bajo sus suelos se conservan restos de yacimientos paleolíticos, a la sombra de sus árboles se han asentado poblamientos romanos desde el siglo II, en sus montes se han sucedido las cacerías de las familias nobles entre los siglos XVI y XX, aprovechando sus pastos se diseñaron novedosas instalaciones ganaderas durante la Ilustración y la Revolución Industrial, sus cerros sirvieron de refugio durante diversos episodios bélicos de la Guerra de la Independencia o la Guerra Civil española y los rincones más insospechados sirvieron de base para la construcción de numerosas obras de arquitectura civil y religiosa (ermitas, iglesias, casas de empleados, eras de labor…). A todo ello se une el reciente uso público como parque urbano, insignia del recreo en la ciudad de Madrid.

Por tanto, la declaración de la Casa de Campo como Bien de Interés Cultural parte de la importante carga histórica del espacio, a la que se unen los valores ecológicos y paisajísticos del mismo.

Esta calificación protege al parque frente a posibles modificaciones urbanísticas en su interior, salvaguardándolo arquitectónica y  ambientalmente para asegurar la conservación de la singularidad del principal pulmón de Madrid.

 

Un total de 1.906 hectáreas abarcan la zona protegida, compuesta por el área declarada protegida en 1931 por la República, más 208 hectáreas situadas entre Madrid y Pozuelo de Alarcón.


Un largo camino para asegurar la conservación y protección de la Casa de Campo

  • Desde 1561, cuando Felipe II compra esta propiedad a la familia Vargas, hasta 1931 fue Real Sitio destinado a la caza y recreo de la Monarquía.
  • De 1931 a 1939, la Segunda República lo declara Monumento Histórico Artístico perteneciente al Tesoro Artístico Nacional, cedidos como parque de recreo e instrucción.
  • En 1948 los terrenos volvieron a ser propiedad  del Estado (Ley 23-12-48) concediendo el usufructo perpetuo al Ayuntamiento de Madrid.
  • En 1963 se hizo la cesión de la finca a favor del Ayuntamiento de Madrid, conservando sensiblemente las condiciones de 1931.
  • El 25 de junio, la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español le otorga un grado de protección y tutela mínimos para asegurar su persistencia.
  • En 1999 la Comunidad de Madrid tramitó una modificación de la declaración inicial de la finca (catalogada hasta entonces como Monumento Histórico Artístico), para adaptarla a la Ley 10-1998 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, con objeto de incluirla en otra categoría acorde con su naturaleza, eligiéndose en ese momento la de Jardín Histórico (Decreto 20/1999).
  • Dicha declaración fue recurrida por el Ayuntamiento de Madrid y la sociedad Club de Campo de Madrid por considerar que la finca nunca tuvo globalmente carácter de Jardín Histórico, a excepción del espacio que conformaba los llamados «Reservados». De manera que en 2002, el Tribunal Superior de Justicia estimó parcialmente los recursos, debiendo iniciarse «ex novo» su catalogación mediante la tramitación del oportuno expediente (el cual se presentó el 2009-06-26_BOCM). Dicha sentencia fue ratificada por el Tribunal Supremo en sentencia de 19 de julio de 2007, anulándose la declaración de BIC.
  • El 15 de julio de 2010, a través del Decreto 39/2010, (publicado en el BOCM del 17 de noviembre de 2010 N°275) el Consejo de Gobierno declaró Bien de Interés Cultural, en la Categoría de Sitio histórico, la Casa de Campo de Madrid.


Tras la declaración de BIC, se hace imprescindible la planificación de una estrategia de conservación efectiva del patrimonio

 

Desde la declaración de la Casa de Campo como parque público en 1931 hasta su inclusión en el Catálogo de Bienes Patrimoniales en 2010, se han sucedido demasiados años en los que la protección legal del espacio se encontraba muy limitada y diluida; lo que ha provocado daños irreemplazables en el patrimonio histórico del parque: expropiación de gran cantidad de terrenos para la construcción de nuevos viales (M-30, Avda. Extremadura, Carretera Castilla…), concesiones a entidades privadas por largos periodos de tiempo (Club de Campo Villa de Madrid, Parque de Atracciónes, Parque Zoológico…), destrucción de restos históricos (como las caballerizas de Juan de Villanueva, la puerta de las Moreras…), etc.

Afortunadamente, el respaldo que ofrece la declaración de BIC ha permitido que la gestión en tiempos modernos tenga como principal referencia la conservación del espacio.

Así, durante los últimos 10 años, numerosas han sido la actuaciones que se han ejecutado y promovido por el Ayuntamiento de Madrid para conservar un patrimonio, en ocasiones, en clara situación de deterioro. En este sentido, destacar la encomiable labor de la Plataforma Salvemos la Casa de Campo (salvemos casadecampo@gmail.com) , en el asesoramiento y vigilancia del cumplimiento de la normativa de protección.

Actualmente el Ayuntamiento de Madrid sigue trabajando en su conservación y apuesta por un futuro sostenible para el Parque.

El Ayuntamiento de Madrid y la Plataforma Salvemos la Casa de Campo quieren recordar esta fecha para contribuir a la valoración, respeto y conservación de este singular espacio histórico y ecológico, para lo que os invitamos a ver un vídeo resumen de las actuaciones más destacadas desarrolladas en los últimos 10 años.

Por nuestra parte, desde el CIEA de la Casa de Campo, os animamos también a conocer su riqueza natural e histórica participando en nuestras actividades y esperamos seguir contribuyendo a su puesta en valor con nuestro esfuerzo y dedicación y el entusiasmo de la ciudadanía.

La Casa de Campo es un legado que se ha mantenido vivo a lo largo del tiempo,

en nuestras manos está el participar en su conservación.